
Recopilar datos personales es una práctica común en muchas actividades empresariales: contratar personal, prestar servicios, comercializar productos, establecer relaciones con proveedores. Pero obtener información como nombre, domicilio, estado civil o incluso datos de salud no es una acción neutra. Está regulada por ley y conlleva responsabilidades jurídicas y éticas.
En México, la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares (LFPDPPP) establece la obligación de informar y proteger esos datos a través de un instrumento fundamental: el aviso de privacidad.
Es un documento que debe entregarse al momento de recabar datos personales. Su función es informar de forma clara a la persona titular:
El aviso puede presentarse en formato físico, electrónico, visual, sonoro o digital, siempre y cuando esté disponible desde el primer momento de contacto.
Toda persona física o moral del sector privado que recabe datos personales está legalmente obligada a proporcionar un aviso de privacidad. Esto incluye a:
No se requiere emitir un aviso de privacidad en los siguientes casos:
La ley distingue entre datos personales y datos personales sensibles:
El tratamiento de datos sensibles requiere consentimiento expreso y por escrito.
Según la LFPDPPP, el aviso debe incluir al menos:
El formato depende del medio a través del cual se recaban los datos:
La omisión parcial o total de los elementos exigidos en el aviso constituye una infracción a la ley y puede generar sanciones administrativas impuestas por la autoridad competente.
Se entiende por tratamiento cualquier acción sobre los datos personales, incluyendo su recopilación, almacenamiento, uso, consulta, transferencia, modificación o eliminación.
¿Se necesita consentimiento para tratar datos?
Sí, salvo en las excepciones previstas por la ley, como:
La ley garantiza a los titulares el derecho a:
Para ejercer estos derechos, el titular debe presentar una solicitud que cumpla con ciertos requisitos de identificación y claridad.
Sí, siempre que el titular haya sido informado y, en su caso, haya otorgado su consentimiento. Además, el tercero receptor queda sujeto a las mismas obligaciones legales que el responsable original.
Existen excepciones, por ejemplo:
Existen sanciones administrativas y penales por:
Las sanciones pueden incluir multas económicas y penas de prisión si hay dolo o beneficio indebido.
El titular puede iniciar un procedimiento de protección de derechos si considera que su información fue utilizada de manera indebida. Este procedimiento se lleva ante la autoridad competente, como la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno.
Respetar la privacidad no es solo una obligación legal, es un compromiso con la dignidad humana y un elemento clave para construir relaciones basadas en la confianza. Tener un aviso de privacidad bien elaborado no es solo un requisito formal: es una práctica responsable que protege a las personas y fortalece a las organizaciones.